Finalmente extencion de pago de tenencia a personas físicas no empresarios ni profesionistas en Sinaloa.
Ricardo compró un loro el cual le salio muy grosero……A cada momento decía palabrotas que lo avergonzaban ante sus visitas…..Ricardo sumamente disgustado metió al loro al congelador , y después de cinco minutos lo saco, y obviamente el loro temblaba de frío…..Finalmente el loro le dijo….mira Ricardo te prometo que ya no volveré a decir groserías….Ricardo estaba asombrado….y de pronto el loro le dijo a Ricardo…¿ Te puedo hacer una pregunta?…”Sí” le contesto Ricardo…. Y el pollo ¿ que te hizo?………….. El sueño de los sinaloenses de no pagar tenencia se desvaneció, y solo serán beneficiadas las personas que no estén registradas como contribuyentes en Hacienda………desde luego que esta decisión ha causado disgusto entre los sinaloenses, pues el ahora gobernador de Sinaloa , no hizo tal aclaración cuando efectuó tal promesa durante su campaña, pero además muchas personas fisicas que desarrollan una actividad empresarial o profesional, tienen automóviles para su esposa e hijos , quienes a pesar de no desarrollar ninguna de las actividades antes citadas, de todas maneras tendrán que pagar tenencia, por encontrarse facturadas dichas unidades a nombre del esposo o papá que si esta inscrito en el registro federal de contribuyentes……..Y desde luego que la crisis agrícola originada por las intensas heladas en Sinaloa, ha servido de bandera para manifestar que hoy mas que nunca el estado necesita recursos económicos, y por lo tanto, pues hay que pagar la tenencia por parte de los contribuyentes…….seguramente la tendremos que pagar, pero la realidad es que el compromiso de exentar el pago del impuesto de tenencia o uso de vehículos en Sinaloa se cumplió a medias……..inclusive hay contribuyentes que están registrados en el régimen de pequeños contribuyentes, en el cual no hay deducciones , y por lo tanto la tenencia no es deducible, argumento utilizado para quienes tienen que pagar tal impuesto, es decir , que la tenencia la pagaran quienes puedan deducirla para efectos del impuesto sobre la renta y ahí tenemos pues que los contribuyentes menores aunque no puedan deducir la tenencia de todas maneras la tendrán que pagar……..seguiremos comentando….que la pasen bien.
REFORMA CONTRA LA EVASION FISCAL.









Twitter
Facebook